La Comunidad de Madrid publica la resolución de sus ayudas a desarrollo

julio 23, 2024
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La Comunidad de Madrid brinda apoyo económico para proyectos audiovisuales con un importe máximo de 3.000.000 euros.

Rodaje en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha publicado la resolución de sus ayudas destinadas a empresas audiovisuales. El objetivo es apoyar el desarrollo de proyectos audiovisuales en la región, incluyendo largometrajes y series, ya sean de ficción, documental o animación. Estas ayudas buscan fomentar la creación de obras audiovisuales que puedan exhibirse públicamente en cines, televisión o plataformas digitales.

Importe y periodo subvencionable

La presente convocatoria asciende a un importe máximo de 3.000.000 euros. El periodo subvencionable se extiende desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024. No se requiere el pago de tasas para optar a estas ayudas.

Proceso de Alegaciones

Para la propuesta de resolución provisional de concesión y denegación, se abre un plazo de alegaciones del 23 de julio al 6 de agosto de 2024. La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio «Aportar documentos» a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.

Destinatarios

Las ayudas están dirigidas a titulares de empresas de producción independiente cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual. Estas pueden ser empresarios individuales, sociedades mercantiles o civiles, sociedades cooperativas laborales o agrupaciones de interés económico.

Requisitos

  1. Ubicación: El domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal deben estar ubicados en territorio español, con al menos una sede en la Comunidad de Madrid. Las empresas extranjeras deben tener una filial domiciliada en estos términos.
  2. Experiencia: La empresa debe tener al menos dos años de actividad audiovisual o cinematográfica, o su administrador o socio mayoritario debe tener una trayectoria profesional acreditada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud.
  3. Solvencia: Si dos empresas dan solvencia, deben ser socios en un 50%. En agrupaciones de interés económico, la trayectoria debe ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor.
  4. Exclusiones: No podrán acceder a las ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia, ni aquellos incursos en prohibiciones según la normativa de subvenciones. Tampoco aquellos deudores en procedimientos de reintegro o con ayudas pendientes de justificación en la Comunidad de Madrid.

Documentación a Presentar

La solicitud debe incluir los siguientes documentos:

  • Recibo del IAE o declaración de exención del mismo.
  • Declaración de subvenciones recibidas o solicitadas para el mismo proyecto y declaración de ayudas de mínimis (Anexo I).
  • Certificado de Situación Censal.
  • Dossier Explicativo del Proyecto.
  • Documentación relativa a la producción, distribución, comercialización, marketing, financiación y viabilidad.
  • Presupuesto del proyecto y cronograma.
  • Acreditación de derechos de autor.
  • Trayectoria profesional de la empresa.
  • Trayectoria del equipo creativo.

La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos, salvo oposición motivada:

  • DNI/NIE del solicitante o representante.
  • Certificados de obligaciones con la Seguridad Social.
  • Número de Identificación Fiscal del solicitante.

Con autorización expresa, la Comunidad de Madrid también consultará:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Alta en el impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Responsabilidad del Solicitante

Es responsabilidad del solicitante asegurar la veracidad de los documentos presentados.

Para más información.