El Institut Valencià de Cultura (IVC) ha abierto la convocatoria de subvenciones para la producción de obras audiovisuales en la Comunitat Valenciana correspondientes a los ejercicios 2025, 2026 y 2027.

La medida busca apoyar y estimular la creación audiovisual en sus diferentes modalidades bajo criterios de objetividad, transparencia e igualdad.
Podrán solicitar estas ayudas tanto personas físicas (autónomos) como personas jurídicas con domicilio en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Para ser beneficiarios será necesario que los solicitantes se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y que cumplan con las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en esta convocatoria, así como los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones (LGS), el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RLGS) y la Ley de Hacienda de la Generalitat (LHIS).
Las personas beneficiarias deberán dedicarse profesionalmente a la producción, tener la condición de productoras independientes de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente y disponer de un establecimiento permanente en la Comunitat Valenciana en el caso de concesión de la ayuda.
En las coproducciones internacionales el porcentaje de la parte española tiene que ser, como mínimo, el que se exige en la normativa o en los convenios internacionales vigentes y, en el supuesto de que el porcentaje de coproducción española sea del 20% o inferior, se equiparará a una coproducción en la cual la participación de empresas valencianas se estimará en el 30% en la ponderación de los criterios de valoración en que así se indica.
En los casos de coproducciones internacionales en que la participación nacional es mayoritaria, la empresa valenciana tendrá que llegar, al menos, al 30% del porcentaje español, con la excepción de los largometrajes de ficción A, en que la empresa solicitante tendrá que mantener siempre el 75% de la parte española.
En caso de que estos precontratos o contratos reflejen porcentajes inferiores a los señalados, la solicitud no será admitida a trámite y se resolverá el archivo de esta.
En caso de que la coproducción internacional la parte española sea minoritaria, independientemente del porcentaje de titularidad de parte española que ostente, éste se ponderará al 30% en los criterios de baremación que apliquen al porcentaje de titularidad.
Sobre la convocatoria
La convocatoria contempla una dotación total de 6.700.000 euros, imputados a la línea de subvención S1014 “Fomento y promoción del audiovisual valenciano” del IVC. La distribución por ejercicios será la siguiente:
- 2025: 0 euros
- 2026: 2.000.000 euros
- 2027: 4.700.000 euros
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), es decir, hasta el 10 de octubre.
Puede acceder a la convocatoria y a las bases reguladoras a través de estos enlaces.