Se abre la convocatoria de ayudas a la promoción del sector del videojuego, del pódcast y de otras formas de creación digital.
Estas ayudas tienen por objeto el apoyo al ecosistema del videojuego, del pódcast y de la creación digital, así como para programas de incubación, mentorización o aceleración y eventos profesionales y exposiciones culturales relacionados con el sector. Todas las actividades propuestas deberán contar con un interés cultural y/o artístico o servir a la promoción de las industrias creativas y culturales, en línea con el ejercicio de las competencias y atribuciones propias del Ministerio de Cultura. Todos los proyectos que se presenten deben contribuir a alguna de las siguientes finalidades:
- Promover la mejora y calidad de la oferta cultural en el sector del videojuego, del pódcast y de otras formas de creación digital.
- Fomentar el emprendimiento, el empleo y la profesionalización del sector cultural dedicado a los videojuegos, el pódcast y otras formas de creación digital, así como la presencia de la mujer en la industria, y la vertebración del tejido mediante el fortalecimiento de alianzas y redes profesionales.
- Fortalecer la vertebración territorial, favoreciendo una oferta cultural descentralizada y la pluralidad lingüística, así como la internacionalización del sector y la visibilidad de la cultura digital española en los principales mercados internacionales.
- Contribuir a la consecución de la igualdad de género en el tejido productivo y en los contenidos de la cultura digital, con atención a interseccionalidades como personas con discapacidad, minorías étnicas, colectivo LGTBI, etc.
- Apoyar la promoción de los derechos de propiedad intelectual de la cultura digital.
- Favorecer el uso responsable y saludable de las nuevas tecnologías, la protección a la infancia y la juventud, y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible a nivel global.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios:
- Las personas jurídicas con ánimo de lucro, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España y que se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Las personas físicas que sean profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a la fecha de presentación de la solicitud.
- En ambos casos, los beneficiarios deberán tener la condición de PYMES.
Personas jurídicas con ánimo de lucro (PYMES)
- Si se utiliza un certificado de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante debe seleccionar la opción “En nombre propio”. En este caso NO será necesario facilitar el NIF del solicitante ni su razón social, ya que el sistema se encargará de recoger toda la información del propio certificado.
- Si el representante de la entidad accede con un certificado personal (de persona física), será necesario seleccionar la opción “En representación del interesado (físico / jurídico)” y completar el bloque de Representado con los datos de la Entidad a la que representa, adjuntando documento que lo acredite como representante legal. Para ello debe elegir obligatoriamente la opción CIF en el desplegable destinado al Tipo de solicitante.En caso de no marcarse la opción indicada la solicitud aparecerá a nombre del titular del certificado electrónico con el que se accede al procedimiento, en lugar de a nombre de la Entidad a la que se pretende representar.
Instrucciones para presentar la solicitud y la documentación (Entidades)
Personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Si el solicitante utiliza un certificado de persona física a su nombre debe seleccionar la opción “En nombre propio”.
- Si se accede con un certificado personal (de persona física) a nombre de la persona que actúa en representación del autónomo, se debe seleccionar la opción “En representación del interesado (físico / jurídico)” completando el bloque de Representado con los datos del autónomo al que se representa, adjuntando documento que lo acredite como representante legal. Para ello debe elegir obligatoriamente la opción NIF en el desplegable destinado al Tipo de solicitante. En caso de no marcarse la opción indicada la solicitud aparecerá a nombre del titular del certificado electrónico con el que se accede al procedimiento, en lugar de a nombre del autónomo al que se pretende representar.
Instrucciones para presentar la solicitud y la documentación (Autónomos)
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 5.000.000 euros y el plazo de presentación de solicitudes es del 18 de noviembre al 16 de diciembre de 2024. Puede consultar las bases y a la inscripción en estos enlaces.